Dirección General de los Órganos Colegiados de Honor y Justicia

Objetivo

Brindar el apoyo, soporte, supervisión, coordinación y coadyuvancia a los Órganos Colegiados de Honor y Justicia, a efecto de substanciar los procedimientos administrativos disciplinarios, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables en la materia.

I. Coadyuvar y auxiliar a los Órganos Colegiados de Honor y Justicia en la substanciación de los procedimientos administrativos disciplinarios;

II. Coordinar, supervisar y suscribir en auxilio de los Órganos Colegiados de Honor y Justicia, todas las diligencias y actuaciones que sean necesarias para la substanciación de los procedimientos administrativos disciplinarios, con excepción de la resolución de los mismos;

III. Registrar las actas que se elaboren en contra del personal Policial, así como las recomendaciones y opiniones remitidas por las autoridades competentes de la Secretaría, para integrar el expediente respectivo;

IV. Informar y, en su caso, restituir a las áreas que remitan actas por ausencias injustificadas, recomendaciones y opiniones para fundar y motivar el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad, cuando en las mismas se detecten deficiencias o inconsistencias, a fin de que sean subsanadas, y en caso de que éstas no sean subsanadas o no puedan ser prevenidas, emitir el acuerdo de no recibidas;

V. Elaborar y suscribir en auxilio de los Órganos Colegiados de Honor y Justicia, los acuerdos de radicación que se emitan para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, así como de los Recursos de Rectificación que se interpongan en contra de los correctivos disciplinarios;

VI. Suscribir los acuerdos de recepción de expediente y de documentos que deban integrarse al expediente del procedimiento administrativo disciplinario correspondiente;

VII. Instruir la diligencia de notificación desde el inicio de procedimiento administrativo disciplinario y hasta la resolución que emitan los Órganos Colegiados de Honor y Justicia, de conformidad con la normativa aplicable;

VIII. Suscribir la Cédula de Notificación de inicio de procedimiento y de las actuaciones necesarias para la substanciación del procedimiento administrativo disciplinario, de conformidad con la normatividad aplicable;

IX. Suscribir todos los acuerdos y oficios que resulten necesarios durante la tramitación del procedimiento administrativo disciplinario; así como los oficios mediante los cuales se dé atención a las solicitudes realizadas por los policías pertenecientes o que hayan pertenecido a la Secretaría;

X. Supervisar la elaboración de los acuerdos de suspensión temporal de carácter preventivo, programar mediante la sesión correspondiente, su presentación ante el Órgano Colegiado de Honor y Justicia que corresponda, para su discusión y en su caso, aprobación;

XI. Emitir los acuerdos de improcedencia del inicio del procedimiento administrativo disciplinario, así como los de no presentados en los casos aplicables;

XII. Formular los proyectos de resolución y programar su presentación ante los Órganos Colegiados de Honor y Justicia, así como de los Recursos de Rectificación interpuestos en contra de los correctivos disciplinarios, para su discusión y en su caso, aprobación en la sesión correspondiente;

XIII. Suscribir las Cédulas de Notificación, de inicio y de las respectivas resoluciones, del procedimiento administrativo disciplinario, y así como acordar la notificación por estrados en los casos de imposibilidad material para realizar notificaciones personales;

XIV. Colaborar en la determinación de los lineamientos y directrices para el otorgamiento de condecoraciones, estímulos y recompensas al personal policial;

XV. Informar a las autoridades administrativas de la Secretaría sobre las resoluciones emitidas por los Órganos Colegiados de Honor y Justicia, así como las emitidas por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en los Recursos de Revisión;

XV Bis. Supervisar y requerir la información necesaria de las actuaciones del Consejo de Honor y Justicia del Sistema Penitenciario, y

XVI. Las demás que le atribuya la normatividad aplicable.

Comisión de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y Consejo de Honor y Justicia de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario 

TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE HONOR Y JUSTICIA

MTRO. JESÚS BENJAMÍN CÁRDENAS GARCÍA

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política de la Ciudad de México

Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México

Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Ley de Archivos de la Ciudad de México

Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

MANUAL ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. MA-SSC-24-4A7572F3

Reglamento de los Órganos Colegiados de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México

Lineamientos de Protección de Datos Personales

Acuerdo 24/2019 por el que por el que se instruye a los integrantes de la policía preventiva y complementaria de la secretaría de seguridad ciudadana de la ciudad de México, a señalar un domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos en la ciudad de México, así como designar a personal para los mismos efectos

Acuerdo 45/2020 por el que se expiden los lineamientos para la atención y seguimiento a las inasistencias sin justificación o sin permiso del personal policial