Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Interinstitucional

Objetivo

Una de las funciones de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Interinstitucional, es regular las actividades y la prestación de servicios de seguridad privada en la Ciudad de México, para garantizar que dichos servicios se realicen en las mejores condiciones de eficiencia, seriedad, profesionalismo y respaldo jurídico-financiero, en beneficio de la población.

I. Las que en la Ley de la materia se señalen como competencia de la Secretaría;

II. Implementar programas de vigilancia, supervisión y regularización a las personas físicas y morales que realizan servicios o actividades de seguridad privada;

III. Implementar programas de vigilancia y supervisión a los capacitadores y evaluadores autorizados y que formen parte del Registro;

IV. Realizar visitas de verificación a quienes presten servicios o realicen actividades en materia de seguridad privada;

V. Instrumentar el Registro de la Seguridad Privada;

VI. Informar a las autoridades competentes el resultado de las inspecciones a empresas y personas que realicen servicios y actividades de seguridad privada en las que se detecten irregularidades;

VII. Asegurar la atención y desahogo de los requerimientos de diversas autoridades, relacionadas con los procedimientos administrativos sustanciados;

VIII. Establecer los medios de información, consulta y difusión sobre las personas físicas o morales autorizadas para prestar servicios de seguridad privada en la Ciudad;

VIII. Bis. Establecer los mecanismos para que los trámites de solicitud de permisos, autorizaciones, licencias, constancias, certificaciones, y demás instrumentos que requieran inscripción en el Registro de la Seguridad Privada, se realicen de forma electrónica;

IX. Supervisar el sistema de recepción de quejas y denuncias relativas a empresas de seguridad privada y su personal;

X. Mantener la colaboración interinstitucional con organismos públicos de los tres órdenes de gobierno, organizaciones privadas y sociales, que contribuya en la mejora continua de la seguridad privada;

XI. Dirigir los proyectos de colaboración interinstitucional nacionales e internacionales que la Subsecretaría determine;

XII. Dirigir las acciones encaminadas al establecimiento de las bases de colaboración con las instituciones participantes;

XIII. Emitir el visto bueno de los sistemas de seguridad en establecimientos mercantiles de impacto zonal, conforme a la normatividad vigente en la materia;

XIV. Emitir las opiniones a que hacen referencia la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y su Reglamento, concernientes al registro de Clubes o Asociaciones de deportistas de tiro y cacería y de charros, y respecto a la seguridad y ubicación de establecimientos para fabricación de armas de fuego, armas de gas y municiones, pólvora, explosivos, artificios o sustancias químicas relacionadas con explosivos, y

XV. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.

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Directorio de la Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Institucional