Dirección General del Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Ciudad de México

Objetivo

Nuestra misión es dirigir, coordinar y aplicar los procesos de evaluación en materia de control de confianza, en las modalidades que en la materia se determine o autorice el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, para los procedimientos de ingreso, permanencia, promoción y reingreso de aspirantes a la Secretaría, así como a personal en activo y aquellos pertenecientes a otras instituciones de seguridad que así lo soliciten; procesos de evaluación que se conforman de diversas evaluaciones que tienen como finalidad comprobar que la persona evaluada cubre los requisitos y perfiles exigidos por la ley para ejercer las funciones propias de su cargo, así como identificar los factores de riesgo que interfieran, repercutan o pongan en peligro el desempeño de las actividades encomendadas, asegurando el cumplimiento de la normatividad aplicable, preservando la confidencialidad de todo registro generado por la Dirección General del Centro de Evaluación y Control de Confianza.

I. Dirigir, coordinar y aplicar los procesos de evaluación de control de confianza, en las modalidades que en la materia se determine o autorice el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, para los procedimientos de ingreso, permanencia, promoción y reingreso de aspirantes a la Secretaría, así como a personal en activo y aquellos pertenecientes a otras instituciones de seguridad que así lo soliciten;

II. Expedir el Certificado Único Policial de conformidad con los requisitos establecidos por la normatividad aplicable, así como los certificados requeridos para la revalidación o inclusión de la Licencia Oficial Colectiva para la portación de Armas de Fuego;

III. Emitir los resultados integrales, únicos y definitivos derivados de la aplicación de los procesos de evaluación de control de confianza;

IV. Comunicar a la persona titular de la Secretaría, personas titulares de las Subsecretarías, Oficialía Mayor, Coordinaciones Generales y Direcciones Generales, así como a las autoridades que resulten competentes, el resultado integral, único y definitivo que se obtengan de los procesos de evaluación aplicados;

V. Administrar los sistemas informáticos autorizados, que contengan la información referente a los procesos de evaluación aplicados en los procedimientos de ingreso, permanencia, promoción, reingreso y para la revalidación, inclusión o exclusión de la Licencia Oficial Colectiva para la Portación de Armas de Fuego;

VI. Colaborar con el Órgano Interno de Control, los órganos Colegiados de Honor y Justicia, la Unidad de Asuntos Internos, así como con las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas Policiales de la Secretaría, en los casos que sea procedente;

VI Bis. Dar cumplimiento a los requerimientos y resoluciones del Recurso de Revisión que emita la Dirección General de Asuntos Jurídicos;

VII. Dar a conocer la información pertinente sobre observaciones o recomendaciones a los titulares de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas Policiales competentes, con base en el resultado integral, único y definitivo, a fin de realizar las acciones pertinentes;

VIII. Realizar consultas, búsquedas y requerimientos de antecedentes e información de los evaluados, ante instancias públicas y privadas, nacionales, internacionales o extranjeras, cuando se estime necesario para la debida integración de los procesos de evaluación de control de confianza;

IX. Verificar que en los procesos de evaluación se tome en cuenta la información y los antecedentes del evaluado;

X. Colaborar con la Unidad Especializada de Género de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a efecto de apoyar y en su caso, evaluar a la persona víctima de violencia de género como al probable agresor para la emisión del dictamen correspondiente;

XI. Operar tecnologías de la información y comunicación, a efecto de eficientar los procesos de evaluación de control de confianza, con las medidas de acceso y tratamiento confidencial que determinan las disposiciones normativas en materia de transparencia y de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados que resulten aplicables;

XII. Participar en coordinación con las Unidades Administrativas, Unidades Administrativas Policiales y Unidades de Apoyo Técnico Operativo de la Secretaría, para la conformación de políticas y programas institucionales tendientes a la profesionalización del personal Policial, así como para su inclusión en dichos programas;

XIII. Recomendar la intervención de las Unidades Administrativas, Unidades Administrativas Policiales u órganos competentes para conocer y resolver sobre las conductas realizadas que constituyan faltas a los principios de actuación policial, cuando se detecten factores de riesgo, con base en el resultado integral, único y definitivo obtenido de la práctica del proceso de evaluación de control de confianza;

XIV. Establecer los procedimientos para la emisión del resultado integral único y definitivo obtenido en los procesos de evaluación aplicados, determinando su vigencia sin que exceda de tres años; sin perjuicio de poder efectuar evaluaciones durante dicho periodo a los servidores públicos en los casos en los que el superior jerárquico lo considere pertinente;

XIV. Bis. Formar y capacitar a personal evaluador en materia de control de confianza;

XV. Establecer los requisitos, lineamientos, estándares y criterios que deben reunir los procesos de evaluación requeridos para el ingreso o permanencia del personal de las empresas y corporaciones de seguridad privada;

XVI. Certificar y acreditar los procesos de evaluación requeridos en las empresas y corporaciones de seguridad privada;

XVII. Verificar periódicamente que las empresas y corporaciones de seguridad privada apliquen los procesos de evaluación, conforme a los requisitos, lineamientos, estándares y criterios establecidos por la Dirección General del Centro de Evaluación y Control de Confianza;

XVIII. Atender el comunicado de las empresas y corporaciones de seguridad privada, o bien, de la Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Interinstitucional, cuando durante el proceso de evaluación sean detectados factores de riesgo o se presuma la participación en conductas contrarias al servicio por parte del personal que preste el servicio de seguridad privada, a efecto de que aplique las evaluaciones pertinentes;

XIX. Informar a la Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Interinstitucional, el resultado del proceso de evaluación aplicado al personal de seguridad privada para la actualización del estatus en el Registro de Personal de Seguridad correspondiente, cuando el Centro de Evaluación y Control de Confianza aplique las evaluaciones respectivas, y

 XX. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.

Cuotas por Evaluaciones 

Disponibles para su consulta en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en su ejemplar 1551, de fecha 19 de febrero de 2025, o bien en el siguiente enlace:

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/8d16afdf90229d6637908d8832caa79b.pdf


Certificado Único Policial

Es el documento que acredita al personal que integra las Instituciones de Seguridad Ciudadana, para ingresar o permanecer en las mismas, con la finalidad de asegurar que cumplen con el perfil y cuentan con los requisitos, conocimientos, experiencia, habilidades y aptitudes necesarias para el desempeño de las funciones encomendadas.


Licencia Oficial Colectiva (LOC)

Consiste en la práctica de las evaluaciones orientadas a la revalidación o inclusión de la Licencia Oficial Colectiva para la portación de Armas de Fuego, en apego a los lineamientos establecidos por la Secretaría de la Defensa Nacional, así como a la normatividad aplicable.


Hoja de Vida (V-Life)

Constancia que se emite al haber concluido la primera etapa del proceso de evaluación en materia de control de confianza, la cual permite agilizar el procedimiento de carga de información y documentación previo a que el personal asista al Centro de Evaluación y Control de Confianza, en la que se advierte el código QR, el cual autentifica la veracidad de los datos proporcionados por la persona evaluada, para lo cual se cuenta con la aplicación disponible en el siguiente enlace:

https://historiadevida.ssc.cdmx.gob.mx